viernes, 23 de enero de 2015

ORDENANZA Nº 9.284 - MUNICIPALIDAD DE ROSARIO - Asunto: Ordenanza Nº 7.730. Modificación - " ... Art. 7mo: La Municipalidad de Rosario ... Asimismo invitará a participar a todos los actos públicos a los referentes oficiales de todas las entidades religiosas que se encuentren inscriptas como tales, y deberá garantizarles la alternancia en la práctica de oficios religiosos en los actos oficiales para todos los cultos. ..."




CONCEJO MUNICIPAL DE ROSARIO
Dirección General de Despacho

LA MUNICIPALIDAD DE ROSARIO HA SANCIONADO LA SIGUIENTE

ORDENANZA
(Nº 9.284)

Concejo Municipal:

Vuestras Comisiones de Derechos Humanos y de Gobierno y Cultura han tomado en consideración el proyecto  de Ordenanza presentado por la Concejala Schmuck y los Concejales  Chale y Boasso, quienes proponen modificar  el artículo 7mo. de la  Ordenanza No 7.730, -Derecho de toda persona a profesar su religión y creencia de manera libre y pública.

Visto: Que nuestra Constitución Nacional en su artículo 14ro. consagra el derecho a profesar libremente el culto.

Y Considerando: Que nuestro país ha suscripto el  Pacto  de San José de Costa Rica y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, ambos de jerarquía constitucional.

Que dichos tratados proclaman los principios de la no discriminación y de igualdad ante la ley y el derecho ante la libertad de pensamiento, de conciencia, de religión o de convicciones.

Que en ambos casos cada Estado Parte se compromete a adoptar, con arreglo a sus procedimientos constitucionales o legales, las medidas oportunas para dictar las disposiciones legislativas o de otro carácter que fueren necesarias para hacer efectivo los derechos reconocidos por ellos.

Que los distintos actos oficiales en donde se conmemoran fechas patrias se practican oficios religiosos y es una responsabilidad intransferible del Estado promover la libertad de culto.

Que nuestro país es miembro de las Naciones Unidas y que uno de los principios fundamentales de su Carta es el de la dignidad e igualdad propias de todos los seres humanos, y que todos los Estados Miembros se han comprometido a tomar medidas conjuntas y separadamente en cooperación con la Organización de las Naciones Unidas, para promover y estimular respeto universal y efectivo de los derechos humanos y las libertades fundamentales de todos, sin distinción de raza, sexo, idioma ni religión.

Que la religión o las convicciones, para quien las profesa, constituyen uno de los elementos fundamentales de su concepción de vida y que, por lo tanto, la libertad de religión o de convicciones debe ser íntegramente respetada y garantizada.

Por todo lo expuesto la Comisión eleva para su aprobación el siguiente proyecto de.

ORDENANZA

Artículo lº.-  Modificase el artículo 7mo. de la Ordenanza No 7.730/2004, el cual quedará redactado de la siguiente manera:

"... Art. 7mo: La Municipalidad de Rosario reconocerá, a los efectos protocolares, a las entidades religiosas que se encuentren inscriptas como tales en los registros respectivos y soliciten su inclusión en el protocolo municipal. Asimismo invitará a participar a todos los actos públicos a los referentes oficiales de todas las entidades religiosas que se encuentren inscriptas como tales, y deberá garantizarles la alternancia en la práctica de oficios religiosos en los actos oficiales para todos  los cultos. Se podrá establecer acuerdos o convenios de cooperación o colaboración con entidades religiosas con fines de promoción, educativa, cultural, social o comunitaria y otros” …

Art. 2º.- Comuníquese a la Intendencia con sus considerandos, publíquese y agréguese al D.M.

Sala de sesiones, 04 de Septiembre de 2014.-


Firmas

Dr. Marcelo Marchionatti
Secretario General Parlamentario
Concejo Municipal de Rosario

Cjal. Miguel Zamarini
Presidente
Concejo Municipal de Rosario

Sellos

Expte. Nº 212.353-P-2014-C.M.

-----------------------------------------

Expte. 33308-C-2014 
fs.2

//sario, 01 de octubre de 2014
            Habiendo quedado firme por imperio de la Ley Nº 2.756, la Ordenanza Nº 9284 sancionada por el Concejo Municipal en fecha 04 de septiembre de 2014, cúmplase, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial Municipal Electrónico y dese a la Dirección General de Gobierno.

Firmas

FERNANDO ASEGURADO
Secretario de Gobierno
Municipalidad de Rosario


Dra. MÓNICA FEIN
Intendenta
Municipalidad de Rosario



-------------------------------------------------------------------------------


MUNICIPALIDAD DE ROSARIO - ORDENANZA Nº 9.284 - Año 2.014

DETALLE:

Área Temática: Procedimiento administrativo

Fecha de Sanción: 04/09/2.014    -     Fecha de promulgación: 01/10/2.014

Asunto: Ordenanza Nº 7.730. Modificación.

Estado vigencia: vigente

Compete a: Secretaría de  Gobierno - Municipalidad de Rosario

Firmantes: Marchionatti, Marcelo( Secretario Gral. Parlamentaria del H.C.M. )
                    Zamarini, Miguel ( Presidente del Concejo Municipal de Rosario )

Boletín Oficial: 466-2014 ( Publicado 04/11/2.014 )

                 







No hay comentarios: