viernes, 23 de enero de 2015

ORDENANZA Nº 7.969 - MUNICIPALIDAD DE ROSARIO - Asunto: “Día Municipal por la Igualdad – de trato civil- y Libertad de Pensamiento, Expresión, Conciencia, Religión y Culto”. 02 de Septiembre. Institucionalización.




CONCEJO MUNICIPAL ROSARIO
Dirección General de  Despacho


LA MUNICIPALIDAD DE ROSARIO HA SANCIONADO  LA SIGUIENTE

ORDENANZA
( Nº 7.969 )

Concejo Municipal:

La Comisión de Derechos Humanos ha tomado en consideración la nota elevada por el Centro de Investigación, Estudio y Capacitación Eclesiástica y Teológica, en la cual se manifiesta:

Visto: la solicitud de declarar el día "2 de Setiembre - Día Municipal por la Igualdad -de Trato Civil - y Libertad de Pensamiento, Expresión, Conciencia, Religión y Culto", y:

Considerando: "... Que durante el Año 2.005 (como lo venimos haciendo desde el año 2.001), nos hemos abocado conjuntamente con nuestras Conferencias y Seminarios, invitados especiales (legisladores, funcionarios públicos, profesionales, ministros religiosos, entre otros) y programas radiales (especialmente de nuestras Comunidades Religiosas, en FM 89.1, FM 95.7, FM 97.5 y FM 103.3) a informar y difundir sobre DERECHOS HUMANOS, DERECHO ECLESIÁSTICO y RESPONSABILIDAD CIUDADANA, que hacen a toda la comunidad, en general y a los "cristianos", en particular, dando testimonio del compromiso y la participación ciudadana individual e institucional, haciendo epicentro en la temática de "IGUALDAD - de trato civil - y LIBERTAD de PENSAMIENTO, EXPRESIÓN, CONCIENCIA, RELIGION y CULTO”.

El día 19/12/2.005 como parte del CICLO Año 2.005 (Adjuntamos síntesis orientativa de Declaratorias de Interés, Auspicios, Adhesiones, entre otros), se realizó el "2º FORO NACIONAL sobre Igualdad - de trato civil - y Libertad de Conciencia, Religión y Culto", que es continuador del 1º Foro Nacional Evangélico - Una Luz hacia la Igualdad -, realizado en Potrero de los Funes (provincia de San Luís), durante los días 14 y 15 de Diciembre del 2.004, cuyos asistentes y Comisión de Trabajo, aprobaron por unanimidad, a la ciudad de Rosario, como sede del 2º Foro Nacional sobre Igualdad - de trato civil - y Libertad de Conciencia, Religión y Culto, en consideración a las experiencias y logros obtenidos, para una real y verdadera Igualdad - de trato civil - y Libertad de pensamiento, Expresión, Conciencia, Religión y Culto, el cual contó con una importante asistencia (más de 300 inscriptos de diferentes lugares del país, credos y organizaciones eclesiásticas, con variados paneles y debates, quienes se congregaron en el "Centro Cultural Bernardino Rivadavia", desde las 9 Hs. y hasta las 23 Hs., en una madura expresión democrática plurireligiosa, que concluyó con propuestas y compromisos renovados de seguir trabajando por una cultura de convivencia y paz, que incluyan normas y legislación en contra de toda discriminación e intolerancia religiosa y de convicciones . . .).

Que considerando las sanciones de las Ordenanzas No 7.730, 7.780 y las diferentes oportunidades que el Concejo Municipal de Rosario y la Municipalidad de Rosario, tienen de relacionarse con las Comunidades religiosas y Organizaciones eclesiásticas que las agrupan, el tema que nos compete, es tan amplio y profundo (no solamente por lo espiritual / religión, sino por la relación de los ciudadanos y la comunidad, en el libre ejercicio de los Derechos Humanos, tutelados por el Estado, Organizaciones, personas, etc.), que esta breve presentación, solo sirve para continuar un camino, iniciado en conjunto (entre ciudadanos representados y representantes), con sabiduría y responsabilidad, por lo cual ratificamos las expresiones y documentación oportunamente entregadas, por nuestra Organización, sin arrogarse la representatividad del "pueblo evangélico", en particular, reconociendo el trabajo y las diferentes Organizaciones Eclesiásticas (especialmente la CONFRATERNIDAD DE LIDERES CRISTIANOS), de la ciudad de Rosario y provincia de Santa Fe, que bregan por este y otros temas.

Como referencia: se cita el 2º Foro Nacional sobre Igualdad - de trato civil - y Libertad de Conciencia, Religión y Culto, donde se propuso la formación de diferentes Comisiones de Trabajo (que sesionarán durante el Año 2.006),  se gestionen presentaciones ante estamentos gubernamentales, como por ejemplo, el siguiente ANTEPROYECTO de ORDENANZA MUNICIPAL (en el cual se trabajó en diferentes talleres y seminarios durante el Año 2.005), que contemple dentro de su articulado, mínimamente los siguientes conceptos:

1º.- Institúyese en la ciudad de Rosario el "02 de SEPTIEMBRE como DIA MUNICIPAL por la
IGUALDAD - de trato civil- y LIBERTAD de PENSAMIENTO, EXPRESIÓN. CONCIENCIA,
RELIGION y CULTO".

2º.- El Concejo Municipal de Rosario y la Municipalidad de Rosario realizaran durante el mes de
septiembre una campaña de difusión y promoción de las legislaciones internacionales, nacionales,
provinciales  y  municipales  que reconoce,  garantiza y  protege el derecho a la igualdad - de trato
civil - y libertad de pensamiento, expresión, conciencia, religión y culto, a favor de la eliminación
de todas las formas de intolerancia y discriminación fundadas en la religión o las convicciones ...
para una cultura ciudadana por la paz y la convivencia . . .

3º.- La fecha sancionada será tenida en cuenta para ser incorporada dentro de los actos protocolares del Concejo Municipal de Rosario y de la Municipalidad de Rosario, en el marco de la democracia, relaciones institucionales,  Ordenanzas  Municipales  ( entre otras las Nº  7.730  y  7.780 ),
como una forma de integración ciudadana, se deberá  incorporar dentro de  los actos de izamiento de la Bandera Nacional, de los días Jueves, en el mástil mayor del Monumento a la Bandera ...

Que fundamentamos y sostenemos este pedido, como propuesta de un grupo de ciudadanos comprometidos (lideres religiosos, profesionales, representantes eclesiásticos, entre otros), en relación directa con los diferentes estamentos gubernamentales, como una forma de participación ciudadana, con los siguientes argumentos:

a.- Normas internacionales (las diez normas internacionales incorporadas en el Art. 75 inc. 22 de la
CN, como documentos diversos relativos a derechos humanos que, principalmente, protegen los
derechos de la libertad religiosa, de conciencia y de pensamiento, consagrando el principio de no
discriminación y condenando toda intolerancia en materia religiosa y de convicciones . . .), tratados
y declaraciones de organismos internacionales (ONU, UNESCO. OEA, entre otros), Organizaciones
Eclesiásticas (Vaticano, Concilio Mundial de Iglesias, Federación Luterana, etc.).

Como referencia se puede mencionar que en el año 2.005 se cumplieron 180 años, de la firma del Tratado de Amistad, Comercio y Navegación con Inglaterra (Suscripción: 2 de febrero de 1.825), siendo éste el primer instrumento internacional acordado por nuestro país en el que se incluyen normas relativas al fenómeno religioso. También a modo de ejemplo, mencionamos los Tratados de Amistad celebrados con los Estados Unidos de América (1853) y con Prusia y países del Zollverein (1 857).

b.- Constitución Nacional y Constitución de la Provincia de Santa Fe; Legislación Nacional (Ley
No 2 1.745 y Decreto Reglamentario, Ley No 23.592, etc.) y provincial.

c.- Ordenanzas  Municipales  Nº 6.321,  6.972,  7.730,  7.780,  entre otras,  que  ponen  a  la  ciudad  de Rosario, en un  puesto de  avanzada  en materia de Igualdad  - de  trato  civil  -  Libertad  de  Religión  y
Culto, como ha quedado plasmado y reconocido por diferentes estamentos gubernamentales (nacionales,  provinciales  y  municipales  de  distintos  lugares del  país)  y eclesiásticos, los cuales han
tomado como ejemplo e iniciativa para presentaciones de anteproyectos y fundamentación de argumentos.

El día 2 de Septiembre haría honor a la fecha en que fue sancionada la "Ordenanza Nº 7.730", que plasmó y llenó un vacío legal existente en la ciudad de Rosario (y que aún subsiste en gran parte de la Nación Argentina) y que puso a la vanguardia a la lo ciudad del interior del país (con más de 1.000.000 de habitantes) en el campo del Derecho Eclesiástico.

d.- Que se adjunta  planilla  de  firmas  del  taller  de trabajo y autoridades eclesiásticas de comunidades
religiosas, que avalan dicho pedido.

e.- También  se menciona  que el día  jueves  22  de  diciembre  del  2005,  en  el  desayuno  protocolar,
convocado  por  el  Sr.  Intendente de la Ciudad,  Ing.  Miguel  Lifstchitz  (y el Sr. Fernando Asegurado
- Subsecretario de Gobierno -),  se invitó a los  representantes  de  diferentes  credos  ( donde  asistieron
el  Pr. Tomás  Santidrian  - Iglesia Católica Apostólica Romana -, Asociación   Israelita de Beneficencia
- Dr. Horacio Glocer y Fernando Lapiduz / Director del Dpto. de Culto de la AIBR -, D. Oussama Sawan - Presidente Asociación Islámica -, Imán Walter Callieri, Presbítero Leonidas Yrure - Iglesia Ortodoxa / Parroquia San Jorge - Pastor Juan Carlos Weiss - Iglesia Evangélica del Río de la Plata -, Pastor Percy Wheeler -Superintendente de la Iglesia Metodista-, Pastora Cristina Ríos Infanti -Presidenta de la ONG Mujeres en Acción-, Pastora María Inés Aceval - Secretaria Académica del Centro de Investigación, Estudio y Capacitación Eclesiástica y Teológica, Pastor Carlos Agustín Ahubán - Coordinador General de la Confraternidad de Líderes Cristianos-, entre otros líderes religiosos y representantes eclesiásticos), quienes trataron diferentes temas relacionados con la religión y el culto en la ciudad de Rosario.

En dicha reunión ( a través del Pastor Carlos Agustín Ahubán) se expuso, a los asistentes, la propuesta (surgida en el 2" Foro ...) del Anteproyecto de Ordenanza Municipal, contando con el beneplácito y adhesión, de la mayoría de los asistentes (en atención a las circunstancia y el tiempo disponible), quienes expresaron que el Concejo Municipal de Rosario, es el ámbito correcto de presentación y debate democrático que salvaguarda los derechos y obligaciones (a través de normas), en la ciudad de Rosario.

Es intención que se accione en "espíritu" y "hechos", que se reflejen en los actos diarios de convivencia (Estado y Comunidades Religiosas) y protocolares, la real y verdadera vigencia de la "IGUALDAD - de trato civil - y LIBERTAD de PENSAMIENTO, EXPRESIÓN, CONCIENCIA, RELIGIÓN Y CULTO", para las COMUNIDADES RELIGIOSAS y los ciudadanos, en la ciudad de ROSARIO, en un marco de democracia, relaciones institucionales y especialmente en las "Ordenanzas Nº 7.730 y 7.780”, como una forma de integración ciudadana acompañada por el Estado (desde sus diferentes estamentos gubernamentales). . ."

Por todo lo expuesto la Comisión eleva para su aprobación el siguiente proyecto de:

ORDENANZA

Articulo 1º.- Institúyase en la ciudad de Rosario el día 2 de setiembre como "DIA MUNICIPAL por la IGUALDAD -de trato civil- y LIBERTAD de PENSAMIENTO. EXPRESIÓN, CONCIENCIA, RELIGIÓN Y CULTO", teniendo en cuenta que el día 2 de Septiembre haría honor a la fecha en que fue sancionada la "Ordenanza Nº 7.730", que plasmó y llenó un vacío legal existente en la ciudad de Rosario y que puso a la vanguardia a la Ciudad de Rosario en el campo del Derecho Eclesiástico.

Artículo 2º.-  La  fecha  sancionada,  2  de setiembre, será tenida en cuenta para ser incorporada dentro
De  los actos protocolares  del  Concejo  Municipal  de  Rosario  y  de la  Municipalidad  de Rosario, en
El  marco de  la  democracia,  relaciones  institucionales,  Ordenanzas  Municipales ( entre otras las  Nº
7.730  y  7.780 ),  como  una forma  de  integración   ciudadana,  incorporándose  dentro  del  protocolo
Oficial  para  los  actos  de  izamiento de la Bandera Nacional, de  los días  Jueves,  en  el  mástil mayor
del Monumento Nacional a la Bandera, y otros actos oficiales.

Articulo  3º.- Comuníquese a la Intendencia con sus considerandos, publíquese y agréguese al D.,M.

Sala de sesiones, 09 de Marzo de 2006.-


Firmas

Dra. CLAUDIA ADRIANA ALONGI
Secretaria Gral. Parlamentaria
Concejo Municipal de Rosario

Cjal. MIGUEL ZAMARINI
Presidente
Concejo Municipal de Rosario

Sellos

Expte. No 146.863-C-2005-C.M.


FS. 4.-
EXPTE. 8602-C-2006.

ORDENANZA Nº 7969

ROSARIO, 23 de marzo de 2006.-
CUMPLASE, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y dese a la Dirección General de Gobierno.-

Sellos

Firmas

lng. ROBERTO MIGUEL LlFSCHlTZ
Intendente
Municipalidad de Rosario

Dr. JUAN CARLOS ZABALZA
Secretario de Gobierno
Municipalidad de Rosario

Lic. JUAN JOSÉ GIANI
Sub-Secretario
Secretaria de Cultura y Educación
Municipalidad de Rosario




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MUNICIPALIDAD DE ROSARIO - ORDENANZA Nº 7.969 - Año 2.006

DETALLE:

Área Temática: Declaraciones y acuerdos institucionales

Fecha de Sanción: 09/03/2.006    -     Fecha de promulgación: 23/03/2.006

Asunto: “Día Municipal por la Igualdad – de trato civil- y Libertad de Pensamiento, Expresión, Conciencia, Religión y Culto”. 02 de Septiembre. Institucionalización.

Estado vigencia: vigente

Compete a: Secretaría de  Gobierno - Municipalidad de Rosario

Firmantes: Alongi, Claudia Adriana ( Secretario Gral. Parlamentaria del H.C.M. )
                    Zamarini, Miguel ( Presidente del Concejo Municipal de Rosario )

Boletín Oficial: 77-2006 ( Junio, 2ª Quincena )
                 



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