Intentan
identificar a los autores
Valores Religiosos
BUENOS AIRES
La
Justicia ordenó bloquear un blog por comentarios antisemitas
Una
resolución señaló que el sitio "La opinión prohibida",
incurre en actos discriminatorios. Denunciado por la DAIA, publicó más de 300
artículos incitando al odio contra la colectividad judía. La ley 23.592 reprime
la discriminación por raza o religión.
La
justicia de la Ciudad de Buenos Aires ordenó al Ente Nacional de Comunicaciones
(Enacom) bloquear el blog "La Opinión Prohibida" por
considerar que sus publicaciones, de carácter antisemita, incurren en el delito
de "actos discriminatorios", informó el martes el Ministerio Público
Fiscal (MPF).
La
resolución, que ordena el "inmediato bloqueo preventivo del sitio http://laopinionprohibida.blogspot.com.ar"
, corresponde al Juzgado en lo Penal, Contravencional y de Faltas Nº 2, a cargo
de Carlos Bentolila.
El
juzgado envió un oficio al Enacom en el que solicita el bloqueo a la totalidad
de los prestadores locales del servicio de Internet; sin embargo, el blog
seguía disponible el miércoles.
Las
investigaciones, a cargo de la Fiscalía en lo Penal, Contravencional y de Faltas Nº 22, se iniciaron a raíz de una
denuncia presentada hace un mes por la Delegación de Asociaciones Israelitas
Argentinas (DAIA). Como resultado, se determinó que el sitio "publicó y
difundió más de 300 artículos con contenido antisemita, alentando e incitando
al odio contra la colectividad judía".
Aunque
las primeras publicaciones del blog son de octubre de 2013, la denuncia de la
DAIA fue "la primera recibida por la Fiscalía de la Ciudad respecto a su
existencia", afirmó a Télam Gustavo Galante, secretario general de Acceso
a la Justicia en el MPF.
Por
"alentar el odio hacia la colectividad judía", los contenidos de
dicha página web son "constitutivos del delito penado por el artículo 3 de
la Ley de Actos Discriminatorios (Nº 23.592)" y para evitar que continúe
la difusión de sus publicaciones, el fiscal solicitó que se bloquee.
"Los
autores aún no fueron identificados, se pidió el bloqueo del sitio porque es la
manera de hacer cesar la comisión del delito, pero la causa continúa con el
objetivo de identificarlos, para que comparezcan ante la Fiscalía e
imputarlos", detalló Galante.
"Sólo
para antisemitas convencidos. Se advierte a los 'contaminados' que este blog no
es para vosotros, así que para evitaros traumas innecesarios os aconsejo una
huida honrosa", es la frase de presentación del sitio, y más abajo
continúa: "El judaísmo no constituye una religión, sino una comunidad
racial antagónica a la raza blanca y a su supervivencia, y como tal, se le
declara guerra sin cuartel. El judaísmo y todas sus manifestaciones son
nuestros enemigos".
La
agencia Télam intentó comunicarse con la Enacom en varias oportunidades, pero
aún no obtuvo respuesta sobre el pedido de bloqueo.
La
Ley Nacional Nº 23.592 reprime "a quienes por cualquier medio alentaren o
incitaren a la persecución o el odio contra una persona o grupo de personas a
causa de su raza, religión, nacionalidad o ideas políticas".
Fuente: Télam
Notas relacionadas:
ACTOS DISCRIMINATORIOS.
Ley Nacional N° 23.592 / Año
1.988 ( y sus modificaciones / Artículos incorporados)
Adóptanse
medidas para quienes arbitrariamente impidan el pleno ejercicio de los derechos
y garantías fundamentales reconocidos en la Constitución Nacional.
PLAN NACIONAL CONTRA LA
DISCRIMINACION
Decreto Nacional Nº 1086 / Año 2.005
Apruébase
el documento titulado "Hacia un Plan Nacional contra la Discriminación -
La Discriminación en Argentina. Diagnóstico y Propuestas" y encomiéndase
al INADI la coordinación de la ejecución de las propuestas contenidas en el
documento mencionado.
Hacia
un PLAN NACIONAL CONTRA LA DISCRIMINACIÓN – La discriminación en la Argentina –
Diagnóstico y propuestas
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