CONCEJO MUNICIPAL ROSARIO
Dirección General de Despacho
ORDENANZA
(Nº 7.969)
Concejo Municipal:
Visto:
la solicitud de declarar el día "2 de Setiembre - Día Municipal por la Igualdad -de Trato Civil - y Libertad de Pensamiento,
Expresión, Conciencia, Religión y Culto", y:
Considerando:
"... Que durante el Año
2.005 (como lo venimos haciendo desde el año 2.001), nos hemos abocado
conjuntamente con nuestras Conferencias y Seminarios, invitados especiales (legisladores,
funcionarios públicos, profesionales, ministros religiosos, entre otros) y
programas radiales (especialmente de nuestras Comunidades Religiosas, en FM
89.1, FM 95.7, FM 97.5 y FM 103.3) a informar y difundir sobre DERECHOS
HUMANOS, DERECHO ECLESIÁSTICO y RESPONSABILIDAD CIUDADANA, que
hacen a toda la comunidad, en general y a los "cristianos", en
particular, dando testimonio del compromiso y la participación ciudadana
individual e institucional, haciendo epicentro en la temática de "IGUALDAD
- de trato civil
- y LIBERTAD de
PENSAMIENTO, EXPRESIÓN, CONCIENCIA, RELIGION y CULTO”.
El día 19/12/2.005 como
parte del CICLO Año 2.005 (Adjuntamos síntesis orientativa de Declaratorias de
Interés, Auspicios, Adhesiones, entre otros), se realizó el "2º FORO NACIONAL
sobre Igualdad - de trato
civil - y Libertad de
Conciencia, Religión y Culto", que es continuador del 1º Foro Nacional
Evangélico - Una Luz hacia
la Igualdad -, realizado en Potrero de los Funes (provincia de
San Luís), durante los días 14 y 15 de Diciembre del 2.004, cuyos asistentes y
Comisión de Trabajo, aprobaron por unanimidad, a la ciudad de Rosario, como sede
del 2º Foro Nacional sobre Igualdad - de trato civil - y Libertad de Conciencia, Religión y Culto, en consideración a las
experiencias y logros obtenidos, para una real y verdadera Igualdad - de trato civil - y Libertad de pensamiento, Expresión, Conciencia,
Religión y Culto, el cual contó con una importante asistencia (más de 300
inscriptos de diferentes lugares del país, credos y organizaciones eclesiásticas,
con variados paneles y debates, quienes se congregaron en el "Centro Cultural
Bernardino Rivadavia", desde las 9 Hs. y hasta las 23
Hs., en una madura expresión democrática plurireligiosa, que concluyó con
propuestas y compromisos renovados de seguir trabajando por una cultura de
convivencia y paz, que incluyan normas y legislación en contra de toda discriminación
e intolerancia religiosa y de convicciones . . .).
Que considerando las
sanciones de las Ordenanzas No 7.730, 7.780 y las diferentes oportunidades que
el Concejo Municipal de Rosario y la Municipalidad de Rosario, tienen de relacionarse
con las Comunidades religiosas y Organizaciones eclesiásticas que las agrupan,
el tema que nos compete, es tan amplio y profundo (no solamente por lo
espiritual / religión, sino por la relación
de los ciudadanos y la comunidad, en el libre ejercicio de los
Derechos Humanos, tutelados por el Estado, Organizaciones, personas, etc.), que
esta breve presentación, solo sirve para continuar un camino, iniciado en
conjunto (entre ciudadanos representados y representantes), con sabiduría y responsabilidad,
por lo cual ratificamos las expresiones y documentación oportunamente
entregadas, por nuestra Organización, sin arrogarse la representatividad del "pueblo
evangélico", en particular, reconociendo el trabajo y las diferentes
Organizaciones Eclesiásticas (especialmente la CONFRATERNIDAD DE
LIDERES CRISTIANOS), de la ciudad de Rosario y provincia de Santa Fe, que
bregan por este y otros temas.
Como referencia: se
cita el 2º Foro Nacional sobre Igualdad - de trato civil - y Libertad de Conciencia, Religión y Culto, donde
se propuso la formación de diferentes Comisiones de Trabajo (que sesionarán durante el Año 2.006), se gestionen presentaciones ante estamentos gubernamentales, como por ejemplo, el siguiente ANTEPROYECTO
de ORDENANZA MUNICIPAL (en el cual se trabajó en diferentes talleres y
seminarios durante el Año 2.005), que contemple dentro de su articulado, mínimamente los
siguientes conceptos:
1º.- Institúyese en la ciudad de Rosario el "02 de
SEPTIEMBRE como DIA MUNICIPAL por la
IGUALDAD - de trato civil- y LIBERTAD de PENSAMIENTO,
EXPRESIÓN. CONCIENCIA,
RELIGION y CULTO".
2º.- El Concejo Municipal de Rosario y la Municipalidad de
Rosario realizaran durante el mes de
septiembre una campaña de difusión y promoción de
las legislaciones internacionales, nacionales,
provinciales y municipales que reconoce, garantiza y protege el derecho a la igualdad -
de trato
civil - y libertad de pensamiento, expresión, conciencia,
religión y culto, a favor de la eliminación
de todas las formas de
intolerancia y discriminación fundadas en la religión o las convicciones ...
para una cultura ciudadana por la paz y la
convivencia . . .
3º.- La fecha sancionada será tenida
en cuenta para ser incorporada
dentro de los actos protocolares del Concejo Municipal de Rosario y de la Municipalidad de
Rosario, en el marco de la democracia, relaciones institucionales, Ordenanzas Municipales
( entre otras las Nº 7.730 y 7.780
),
como una forma de
integración ciudadana, se deberá incorporar dentro de los actos de izamiento
de la Bandera Nacional ,
de los días Jueves, en el mástil mayor del Monumento a la Bandera ...
Que fundamentamos y sostenemos este
pedido, como propuesta de un grupo de ciudadanos comprometidos (lideres religiosos, profesionales, representantes
eclesiásticos, entre otros), en relación directa con los
diferentes estamentos gubernamentales, como una forma de participación ciudadana, con los
siguientes argumentos:
a.- Normas
internacionales (las diez normas internacionales incorporadas en el Art. 75
inc. 22 de la
CN, como documentos
diversos relativos a derechos humanos que, principalmente, protegen los
derechos de la libertad
religiosa, de conciencia y de pensamiento, consagrando el principio de no
discriminación y
condenando toda intolerancia en materia religiosa y de convicciones . . .), tratados
y declaraciones de
organismos internacionales (ONU, UNESCO. OEA, entre otros), Organizaciones
Eclesiásticas (Vaticano, Concilio Mundial de
Iglesias, Federación Luterana, etc.).
Como referencia se
puede mencionar que en el año 2.005 se cumplieron 180 años, de la firma del
Tratado de Amistad, Comercio y Navegación con Inglaterra (Suscripción: 2 de
febrero de 1.825), siendo éste el primer instrumento internacional acordado por
nuestro país en el que se incluyen normas relativas al fenómeno religioso.
También a modo de ejemplo, mencionamos los Tratados de Amistad celebrados con
los Estados Unidos de América (1853) y con Prusia y países del Zollverein (1
857).
b.- Constitución Nacional y Constitución de la Provincia de Santa Fe;
Legislación Nacional (Ley
No 2 1.745 y Decreto
Reglamentario, Ley No 23.592, etc.) y provincial.
c.- Ordenanzas
Municipales Nº 6.321, 6.972, 7.730,
7.780, entre otras, que ponen
a la ciudad
de Rosario, en un puesto de avanzada en materia de Igualdad - de trato civil -
Libertad de Religión y
Culto, como ha quedado
plasmado y reconocido por diferentes estamentos gubernamentales (nacionales, provinciales y municipales de distintos
lugares del país) y
eclesiásticos, los cuales han
tomado como ejemplo e
iniciativa para presentaciones de anteproyectos y fundamentación de argumentos.
El día 2 de Septiembre
haría honor a la fecha en que fue sancionada la "Ordenanza Nº 7.730",
que plasmó y llenó un vacío legal existente en la ciudad de Rosario (y que aún subsiste
en gran parte de la
Nación Argentina ) y que puso a la vanguardia a la lo ciudad
del interior del país (con más de 1.000.000 de habitantes) en el campo del
Derecho Eclesiástico.
d.- Que se adjunta planilla de firmas del
taller de trabajo y autoridades eclesiásticas de
comunidades
religiosas, que avalan dicho pedido.
e.- También se menciona que el día jueves 22 de diciembre del 2005, en
el desayuno protocolar,
convocado por el Sr. Intendente
de la Ciudad , Ing. Miguel Lifstchitz
(y el Sr. Fernando Asegurado
- Subsecretario de
Gobierno -), se invitó a los representantes de diferentes
credos ( donde asistieron
el Pr. Tomás Santidrian - Iglesia Católica Apostólica Romana -, Asociación Israelita de Beneficencia
- Dr. Horacio
Glocer y Fernando Lapiduz / Director del Dpto. de Culto de la
AIBR -, D. Oussama
Sawan - Presidente
Asociación Islámica -, Imán Walter
Callieri, Presbítero Leonidas Yrure - Iglesia Ortodoxa / Parroquia San Jorge - Pastor Juan
Carlos Weiss - Iglesia
Evangélica del Río de la Plata
-, Pastor Percy
Wheeler -Superintendente de la Iglesia Metodista-, Pastora Cristina Ríos Infanti
-Presidenta de la ONG
Mujeres en Acción-, Pastora María Inés Aceval - Secretaria Académica del Centro de Investigación,
Estudio y Capacitación Eclesiástica y Teológica, Pastor Carlos Agustín Ahubán -
Coordinador General de la Confraternidad de
Líderes Cristianos-, entre otros
líderes religiosos y representantes eclesiásticos), quienes trataron diferentes
temas relacionados con la religión y el culto en la ciudad de Rosario.
En dicha reunión ( a través
del Pastor Carlos Agustín Ahubán) se expuso, a los asistentes, la propuesta
(surgida en el 2" Foro ...) del Anteproyecto de Ordenanza Municipal, contando con el beneplácito y adhesión, de la
mayoría de los asistentes (en atención a las circunstancia y el tiempo
disponible), quienes expresaron que el Concejo Municipal de Rosario, es el ámbito
correcto de presentación y debate democrático que salvaguarda los derechos y
obligaciones (a través de normas), en la ciudad de Rosario.
Es intención que se
accione en "espíritu" y "hechos", que se reflejen en los actos
diarios de convivencia (Estado y Comunidades Religiosas) y protocolares, la
real y verdadera vigencia de la "IGUALDAD -
de trato civil -
y LIBERTAD de PENSAMIENTO, EXPRESIÓN,
CONCIENCIA, RELIGIÓN Y CULTO", para las COMUNIDADES RELIGIOSAS y los ciudadanos,
en la ciudad de ROSARIO, en un marco de democracia, relaciones institucionales
y especialmente en las "Ordenanzas Nº 7.730 y 7.780” , como una forma de
integración ciudadana acompañada por el Estado (desde sus diferentes estamentos
gubernamentales). . ."
Por todo lo expuesto la Comisión eleva para su aprobación
el siguiente proyecto de:
ORDENANZA
Articulo
1º.- Institúyase en la ciudad de Rosario el día 2 de setiembre como "DÍA MUNICIPAL por la IGUALDAD -de trato civil-
y LIBERTAD
de PENSAMIENTO. EXPRESIÓN, CONCIENCIA, RELIGIÓN Y CULTO", teniendo en cuenta que el día 2 de Septiembre
haría honor a la fecha en que fue sancionada la "Ordenanza Nº 7.730",
que plasmó y llenó un vacío legal existente en la ciudad de Rosario y que puso
a la vanguardia a la Ciudad
de Rosario en el campo del Derecho Eclesiástico.
Artículo 2º.- La fecha sancionada,
2 de setiembre, será tenida en cuenta para ser
incorporada dentro
De los
actos protocolares del Concejo Municipal de Rosario y de la Municipalidad de Rosario, en
El marco de
la democracia, relaciones institucionales, Ordenanzas Municipales ( entre otras las Nº
7.730 y 7.780 ), como una forma de integración
ciudadana, incorporándose dentro del
protocolo
Oficial para los actos de
izamiento de la Bandera Nacional ,
de los días Jueves, en el mástil mayor
del Monumento Nacional a la Bandera , y otros actos
oficiales.
Articulo 3º.- Comuníquese a la
Intendencia con sus considerandos, publíquese y agréguese al
D.,M.
Sala de sesiones, 09 de Marzo de 2006.-
Firmas
Dra. CLAUDIA ADRIANA ALONGI
Secretaria Gral. Parlamentaria
Concejo Municipal de Rosario
Cjal. MIGUEL ZAMARINI
Presidente
Concejo Municipal de Rosario
Sellos
Expte. No 146.863-C-2005-C.M.
FS. 4.-
EXPTE. 8602-C-2006. –
ORDENANZA Nº 7969
ROSARIO, 23 de marzo de 2006.-
CUMPLASE,
comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y dese a la Dirección General
de Gobierno.-
Sellos
Firmas
lng.
ROBERTO MIGUEL LlFSCHlTZ
Intendente
Municipalidad
de Rosario
Dr.
JUAN CARLOS ZABALZA
Secretario
de Gobierno
Municipalidad
de Rosario
Lic.
JUAN JOSÉ GIANI
Sub-Secretario
Secretaria
de Cultura y Educación
Municipalidad
de Rosario
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MUNICIPALIDAD
DE ROSARIO - ORDENANZA Nº 7.969 - Año 2.006
DETALLE:
Área Temática:
Declaraciones y acuerdos institucionales
Fecha de
Sanción: 09/03/2.006 - Fecha de promulgación:
23/03/2.006
Asunto: “Día
Municipal por la Igualdad – de trato civil- y Libertad de Pensamiento,
Expresión, Conciencia, Religión y Culto”. 02 de Septiembre.
Institucionalización.
Estado
vigencia: vigente
Compete
a: Secretaría de Gobierno - Municipalidad de Rosario
Firmantes:
Alongi, Claudia Adriana ( Secretario Gral. Parlamentaria del H.C.M. )
Zamarini, Miguel ( Presidente del Concejo Municipal de
Rosario )
Boletín
Oficial: 77-2006 ( Junio, 2ª Quincena )
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