viernes, 16 de junio de 2017

ARGENTINA - El Gobierno nacional ya envió al Congreso su proyecto de ley de libertad religiosa.





El secretario de Culto, con representantes.




UNA DEMANDA HISTÓRICA EN EL PAÍS

El Gobierno ya envió al Congreso su proyecto de ley de libertad religiosa

Incorpora derechos para todas las religiones en forma igualitaria y entre las novedades agrega la objeción de conciencia. Fue consensuada con los distintos credos y fuerzas políticas. Reemplazaría a la Ley Nº 21.745, sancionada en 1978.

El Poder Ejecutivo envió esta semana al Congreso nacional un proyecto de ley de libertad religiosa, que fue elaborado en consenso con la mayoría de los credos que conviven en el país, y que incorpora derechos para todas las religiones en forma igualitaria y suma el concepto de la objeción de conciencia, entre otras modificaciones.

La norma, que viene a responder una demanda histórica de todas las confesiones religiosas, busca convertirse en una ley de consenso entre todas las fuerzas políticas para reemplazar a la actual normativa, la Ley Nº 21.745, que fue sancionada en 1978 durante la dictadura cívico militar.

"Argentina tiene una tradición de libertad de cultos y convivencia histórica entre ellos que se viene incrementando cada vez más. Cuando era arzobispo de Buenos Aires, Jorge Bergoglio contribuyó mucho en esta tarea. Y esta ley cristaliza esa tarea en un proyecto que asegura la libertad de cultos, garantiza los derechos de cada uno y sigue la línea que en el país ya se viene desarrollando desde hace tiempo", destacó el secretario de Culto, Santiago de Estrada, en una entrevista con Télam, en la que adelantó los principales aspectos de la iniciativa.

El proyecto ingresó por la Cámara de Diputados a principios de esta semana, con la firma de la saliente canciller Susana Malcorra, y será tratado en la Comisión de Relaciones Exteriores y Culto, que preside la diputada de PRO, Cornelia Schimidt Liermann, y resta definir si intervendrán otras comisiones como la de Justicia y Legislación General.

Tras una ronda de consultas de varios meses, la iniciativa oficial logró el apoyo de la Conferencia Episcopal Argentina, la Mesa Consultiva de Federaciones y Asociaciones de Iglesias Evangélicas de la Argentina, la DAIA y la AMIA, el Centro Islámico de la Argentina, la Iglesia de Jesucristo de los Santos de los Últimos Días (Mormones) y la Católica Apostólica Ortodoxa del Patriarcado de Antioquía, entre otros.

"Tenemos muy buenas expectativas en cuanto a su tratamiento en el Congreso porque es un proyecto consensuado con la mayoría de las organizaciones religiosas, sobre un tema que no presenta ningún conflicto, que no es una ley con sentido político, ni compromete presupuesto", remarcó por su parte el subsecretario de Culto, Alfredo Abriani.

Si bien no modifica el estatus de la Iglesia Católica Apostólica Romana en el país, incorpora una serie de derechos reclamados por organizaciones religiosas que, en muchos aspectos, las pondrán en un pie de igualdad con la Romana.

Desde el regreso de la democracia, hubo varios intentos -más de 30 proyectos- en el Congreso para modificar la ley de la dictadura pero ninguno prosperó. Lo más cerca que se estuvo de aprobarse fue en 1993 con la denominada "ley Centeno" que logró sanción unánime en el Senado pero luego perdió estado parlamentario.

Pero ahora, con la modificación introducida en 2015 al Código Civil y Comercial que reconoce la personería jurídica a las iglesias, el camino parece estar más allanado.

"Están dadas todas las condiciones porque se hizo una consulta completa con todos los cultos, tenemos sus avales por escrito, hemos tomado sus sugerencias y se ha buscando un consenso muy grande. Además la ley no tiene un sentido político; puede haber observaciones pero no problemas de fondo", aseveró De Estrada.

Abriani aporta, en tanto, que esta norma "es una forma de ordenar y reglamentar la modificación del Código Civil que contempla la personería religiosa que antes no existía en nuestra legislación".

"Reemplazar la Ley Nº 21.745 por un sistema compatible con la Constitución Nacional y los tratados internacionales de derechos humanos es una deuda de la democracia", dice el mensaje que acompaña el proyecto al que accedió Télam, que además lo considera "impostergable" a partir de la sanción del nuevo código.

Uno de los principales cambios que incorpora el proyecto es que la inscripción en el Registro Nacional de Cultos -que pasará a llamarse Registro Nacional de Entidades Religiosas- deja de ser obligatoria y pasa a ser optativa; de esta manera, se pasa de un "sistema de control y vigilancia" de las comunidades religiosas, a uno donde "se valora la libertad religiosa prevista en la Constitución Nacional", según destacan en la secretaría de Culto.

Además introduce el concepto de "adecuación razonable" en el ámbito laboral -una especie de garantía para los trabajadores de no verse forzados a laborar días incompatibles con sus creencias o bien realizar prácticas que violenten las mismas- así como el concepto de "objeción de conciencia".

"La libertad religiosa, además de su faceta positiva, entendida como la facultad de organizar y conducir la vida siguiendo los dictados de la conciencia personal, presenta su dimensión negativa: el derecho a no ser forzado a actuar en contra de ella", según explica el texto de la norma.

Este derecho puede ser ejercido, por ejemplo, en el caso de "prestación del servicio militar, cumplimiento de tareas profesionales en el ámbito sanitario, sometimiento a tratamientos médicos, homenaje activo a símbolos patrios, juramentos, actividad laboral o escolar en días de fiesta o descanso religioso", se detalla.

Desde la secretaría de Culto, remarcan además que el proyecto va en línea con los valores que el Papa Francisco predica en su mensaje como el respeto por la diversidad, la libertad religiosa y el diálogo, y destacan que Bergoglio "ha sido uno de los impulsores que ha facilitado el diálogo interreligioso en el país".

Además de señalar que es una norma similar a la que vienen sancionando países vecinos como Perú, Colombia y Chile, destacan también que la norma se adecua al sistema internacional de derechos humanos, ya que la modificación de la Ley que rige actualmente fue una de las recomendaciones realizadas por el relator especial de la ONU sobre la libertad religiosa, Abdelfattah Amor, tras su visita al país en el 2001.


Fuente: Télam



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Honorable Cámara de Diputados de la Nación Argentina | Congreso de la Nación Argentina
Expediente 0010-PE-2017 - Sumario: LIBERTAD RELIGIOSA - Fecha: 12/06/2017


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